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El fiscal Ricardo Perciballe valoró el procesamiento de seis militares por hechos ocurridos en el 6to de Caballería durante la dictadura. Determinación judicial que se adoptó sobre el final de la semana pasada y del cual hemos venido informando ampliamente.
El fiscal especializado en crímenes de lesa humanidad en diálogo con @gesor se refirió a esta primera etapa de este juicio, que comprende a más casos. “Estos son los primeros procesamientos” remarcó. Sin descartar que se puedan llegar a unificar las causas con otras denuncias por hechos similares que tienen estos seis militares.
Se logró el procesamiento de seis militares por denuncias de violaciones a los derechos humanos ocurridas en el 6to de Caballería en los años de la dictadura. Una denuncia que se inició en 1985. ¿Qué otras derivaciones podría tener la causa? ¿Cómo sigue el caso?
-“Hay que diferenciar dos cosas, hay dos causas del 6to de Caballería, una que es del año 1985, que es la causa de Luis Eduardo González, por la desaparición forzada de él, y otra que se inició en el 2012 que es por la privación de libertad y torturas de un grupo de integrantes del MLN en 1972 y un grupo del Partido Comunista Revolucionario de 1974.
Los procesamientos que se hicieron fueron de esta segunda causa, la privación de libertad y torturas del año 1974 y 1972.
Este es el inicio del proceso. Las personas fueron procesadas con prisión, ahora lo que resta es comenzar el sumario donde la defensa puede aportar pruebas y obvio que la Fiscalía también, una vez que se diligencien esas pruebas la Fiscalía acusará, pedirá las penas. Luego se le dará traslado a la defensa, y luego la juez del caso podrá condenar o absolverá a las personas”.
¿Hay otras personas indagadas por esta misma causa?
-“Si. Estos son los primeros procesamientos. También hay otras personas indagadas en esta causa, pero como aún no se han resuelto las decisiones de prescripción, incluso algunas de inconstitucionalidad, no se pudo disponer los procesamientos.
Entre ellos tuvimos la audiencia de un médico militar que fue extraditado de España, pero como se presentó la prescripción no se pudo resolver su situación”.
Pero en la sentencia por los seis procesamientos la Jueza cataloga estos hechos de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles.
-“Sí, lo que no quiere decir que se resuelva. Porque una vez que se plantea una excepción de prisión, más allá que estemos todos de acuerdo que son crímenes de lesa humanidad, e imprescriptibles, eso lo tiene que resolver primero un juez y después el Tribunal de apelaciones. Cuando eso está confirmado entonces ahí si se pueden resolver las situaciones sustanciales. Porque eso son las cuestiones formales. Pero el hecho de que sean imprescriptibles tiene que quedar plasmado en una sentencia firme y fundamentalmente de un Tribunal de apelaciones”.
Estos seis militares que fueron procesados han sido denunciados en otras causas. ¿Una vez que termine este proceso se unificarán esas causas? ¿Cuál es el tratamiento?
-“Depende. Son todas situaciones distintas. En algunos casos ya hay procesados en otras causas, en su momento se podrán unificar y se impondrá una pena única. Pero aquellos que tienen distintas causas en determinado momento se unifican y se imputa una única pena. Eso dependiendo de en qué norma procesales se encuentren, porque a veces no se puede hacer la unificación y cada proceso tiene su pena individual”.
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El expediente judicial… https://www.agesor.com/noticia.php?id=65126
(*) foto Caras y Caretas
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