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21 de October del 2020 a las 08:34 -
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Formalizaron por desacato especialmente agravado a propietario de local donde se desarrollaba fiesta con 300 personas que fue cortada por Intendencia y Policía en afueras de Mercedes
Para ello fue clave la notificación que había recibido previamente por parte de la Policía de las normas que debía cumplir para evitar aglomeraciones y que la Fiscal dijo incumplió
Para ello fue clave la notificación que había recibido previamente por parte de la Policía de las normas que debía cumplir para evitar aglomeraciones y que la Fiscal dijo incumplió

En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 4º Turno de Mercedes, a cargo de su titular, Dra. Ana Julia Fuentes, asistida por su receptor Alvaro González, se llevó a cabo audiencia de formalización y fijación de medidas cautelares en la investigación que la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, representada por su titular la Dra. Andrea Mastroianni, le lleva por la comisión de un delito de desacato especialmente agravado, al propietario del local Las Encinas ubicado en Ruta 14 km 1,500 en las afueras de Mercedes, E.C.P.M. de 76 años, donde en la madrugada del domingo debió cortarse por parte de la Policía y la Intendencia con la anuencia de la Dirección Departamental de Salud, una fiesta con alrededor de 300 personas violatoria de las disposiciones que establece el decreto presidencial 93/20 y que en el caso del indagado, incumplía -a criterio de la Fiscalía- con notificación efectuada el 29 de setiembre por parte de la Policía, sobre las normas que debía cumplir en materia sanitaria según ese decreto y también las establecidas por la Intendencia de Soriano y la Dirección Departamental de Salud. El indagado estuvo representado legalmente por el Dr. Mauricio Reyes.

Abierta la audiencia por la Dra. Fuentes, la Fiscal Dra. Mastroianni al solicitar la formalización indicó que el indagado "desobedeció abiertamente" las normas sanitarias que se le habían notificado con fecha 29 de setiembre por parte de funcionario policial, relacionadas con comunicación de la Dirección Departamental de Salud del 26 de junio, en la que recordaba que se encontraba en vigencia el decreto respecto a no efectuar aglomeraciones, como lo expresa el decreto 93/20. También le fue informada oportunamente la resolución de la Intendencia de Soriano sobre la temática.

Sobre las 2.00 de la madrugada del domingo 18 de octubre, el funcionario municipal de Espectáculos Públicos, se contactó con la Policía solicitando apoyo para concurrir hasta el local de Las Encinas donde tenía información que se estaría efectuando una fiesta no autorizada, concurriendo al lugar junto a tres funcionarios policiales.

Allí al arribar se encontraron con varias personas saliendo del lugar, unos 30 a 40 vehículos en la parte interna y en el interior del local unas 300 personas bailando y tomando bebidas alcohólicas, sin cuidar el distanciamiento físico.

Piden la presencia del propietario del local y se hacen presentes el hijo del dueño G.P. y el organizador M.N.M. expresándosele al primero que debía comunicar a los presentes que la fiesta tenía que suspenderse, solicitándose colaboración por parte del hijo del dueño, de apoyo policial para poder comunicar la decisión, lo que se brinda y logra detenerse la fiesta y que la gente se retirara sin inconvenientes.

Se cuentan con videos de algunos de los concurrentes y de los propios organizadores donde se aprecia la gente bailando y sin guardar la distancia adecuada como lo establecen los protocolos sanitarios, así como una lista con los presentes en la fiesta.

Por lo expresado, solicita a la Jueza la formalización por el delito de desacato especialmente agravado.

La Dra. Fuentes otorga la palabra a la Defensa, y el Dr. Mauricio Reyes comienza expresando que su cliente no es ajeno a la realidad del mundo y de los cuidados. Que conocen el decreto 93/20, arrendó el lugar al organizador, pero que no comparte la imputación que realiza Fiscalía.

El Dr. Reyes dijo que el 29 de setiembre se le notificó a su cliente que está vigente el decreto (o sea la existencia), considera que no puede considerar un desacato la existencia de un decreto o ley, no había ningún mandato, que mi cliente estuviera impedido de realizar una actividad. No alcanza para la configuración de desacato, la notificación fue sobre algo genérico, ese decreto regula muchas cosas, por ejemplo el contacto directo, dice cuales son los síntomas, eso fue lo que se le intimó. De lo contrario cualquier persona que sea notificada de una deuda y no pague entrará en desacato por el sólo hecho de haber sido notificado.

Por ello se opone a la formalización, aunque reconoce la gravedad del hecho y del espectáculo.

La Jueza Dra. Fuentes, volvió a dar la palabra a Fiscalía y la Dra. Mastroianni señaló que ya hablaron varias veces con el Dr. Reyes y que se ve que no entiende (a lo que el Dr. Reyes respondió que no es que no entienda si no que no comparte), explicó que el decreto presidencial les impone a las autoridades departamentales las condiciones sobre las cuales deben basarse para controlar las actividades.

Se le notificó el cumplimiento del decreto, se le comunicó por la Dirección Departamental de Salud que no pueden haber aglomeraciones, el desacato es porque se incumple a un mandato policial que exhortó, intimó a cumplir con las normas vigentes.

La Jueza Dra. Fuentes entendiendo que la formalización se trata de una mera comunicación, procedió a la formalización del indagado por un delito de desacato especialmente agravado.

A continuación la Fiscal Dra. Mastroianni solicitó medidas cautelares, haciendo referencia a las establecidas en el art. 221 del CPP debiendo fijar domicilio y no modificarlo sin previo conocimiento de la sede, la prohibición de salir del país sin autorización previa y la retención de documentos de viaje, todo por el plazo de 60 días, a lo que la Defensa no se opuso y por lo tanto la Jueza, Dra. Fuentes, las incluyó en el decreto de resolución.


INFORMACION POLICIAL: De acuerdo a lo informado en la víspera por desacato a decreto presidencial, donde personal de Área de Investigaciones Zona Operacional 1, conjuntamente con funcionario municipal constató que se estaba llevando a cabo una fiesta privada en
establecimiento, ubicado en Ruta Nº 14 Km 1,500.
Cumplida las actuaciones, Juzgado Letrado Primera Instancia de Mercedes de Cuarto Turno, Dra. Ana Fuentes dispuso la formalización con medidas cautelares acordadas por el plazo de 60 días, respecto a E. C. P. M. de 76 años, a quien se le imputa “un delito de desacato especialmente agravado en calidad de autor”.



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