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A partir de la promulgación de la Ley 19.480, BPS es responsable de mantener y gestionar el Registro Nacional de Obligados Alimentarios.
Es por esto que, para mejorar la gestión de este registro, a partir de ahora las empresas recibirán las comunicaciones referentes a retenciones judiciales por pensiones alimenticias de esta ley a través del correo RegistrodeRetencionesLey19480
Cuando reciban la comunicación, deberán notificarse siguiendo los pasos indicados en el correo o a través del servicio en línea Notificaciones de retenciones judiciales por pensión alimenticia. Una vez que cumplan con la notificación, podrán descargar el PDF correspondiente al oficio que ordena la retención, el cual quedará siempre disponible para su consulta en el servicio en línea Consulta y notificación de retenciones judiciales por pensión alimenticia.
Las empresas que no cumplan con las retenciones ordenadas serán pasibles de sanción dispuesta en el artículo 60 del Código de la Niñez y de la Adolescencia.
A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.