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Recordamos que el Edil nacionalista Heber Scirgalea meses atrás, primero en sala del Legislativo sorianense y luego ante la Fiscalía y la Policía y finalmente directamente ante la Justicia, presentó denuncia para que se investiguen presuntan irregularidades en el Hospital "Zoilo A. Chelle" de ASSE en Mercedes, y que fuera ratificada a principios de febrero 2017.
En su momento el en seno de la JDS Scirgalea señaló, "el servicio urgencia y emergencia en domicilio como se está gestionando, surge como una propuesta de la Junta Departamental de Salud de Soriano.
El 26 de julio de 2013 a instancias de la Dirección Departamental de Salud de Soriano, se convoca a una reunión donde participan la Directora Regional Oeste de ASSE, otra funcionaria de la misma Dirección; y una profesional (funcionaria de ASSE e integrante de la emergencia en cuestión) que asistía como representante de los Trabajadores Médicos de ASSE. Ante consulta de esta última sobre qué nivel de atención le correspondía a la asistencia de emergencia, la Directora Regional Oeste de ASSE le respondió que era al segundo nivel, mediante licitación que llevaría adelante el Hospital.
El primer contrato con la empresa contratada se firma el 1 de octubre de 2013 y el 1 de enero de 2014 se firma el segundo contrato. En representación del Hospital lo firma la Directora Interina de ese momento y por la empresa la profesional funcionaria de ASSE que a la vez tiene cuotas sociales en la empresa contratada.
Por otra parte, una profesional médica que luego ocupó un cargo importante en el Hospital, tenía vínculo desde diciembre de 2007 con la empresa que contrataba el Hospital para atenciones de urgencia y emergencias a domicilio. Aparentemente existiría en poder de ASSE un Certificado Notarial que acredita este hecho. El 5 de noviembre 2013 esta profesional es nombrada Sub Directora, en diciembre del 2013 se designa como Ordenadora de gasto del Hospital y el 4 de junio de 2015 es nombrada Directora del Hospital.
En abril de 2014, siendo subdirectora, la profesional declara el vínculo con la empresa y pide ser eximida de participar en una licitación donde se involucraba la empresa que formaba parte, lo que parecería correcto. Pero aquí la primera interrogante: por un lado pide no participar del proceso licitatorio por su vínculo, pero antes y posterior a esa fecha, firmó lotes de facturas por gastos de contratación de la empresa de emergencia contratada y de la cual formaba parte por ser socia, como estaría declarado según Certificado Notarial que me refería precedentemente. Lo que nos parece es que el vínculo que la jerarca tenía con la empresa privada la inhabilita, no solo a formar parte del proceso licitatorio (cosa que hizo), sino que además no podría intervenir como ordenadora de gastos.
Habiéndose constatado esta situación, en octubre de 2014, se elevan los antecedentes a la Gerencia Administrativa de ASSE a sugerencia de la Directora Interina de esa repartición.
Con fecha 20 de enero de 2015 desde Jurídica de ASSE se aconseja no adjudicar licitación a la empresa privada porque el Hospital estaría inhabilitado para contratar teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 46 de TOCAF. Este artículo impide contratar con el Estado a los funcionarios públicos y a las personas que mantengan “un vínculo laboral de cualquier naturaleza, dependiente de los organismos de la administración contratante, no siendo de recibo las ofertas presentadas a título personal, o por firmas, empresas o entidades con las cuales la persona esté vinculada por razones de dirección o dependencia”.
Posteriormente se habría llevado a cabo una reunión participando la Gerente Interina Administrativa de ASSE, la Directora Regional Oeste y la actual Directora Interina del Hospital, resolviendo que los servicios contratados a esta empresa, fueran firmados por la Directora Regional Oeste.
No obstante, con los antecedentes y sugerencias que se daban al respecto, se seguía contratando a la empresa como modalidad de forma directa; es decir no se hacía publicación alguna.
En algunas oportunidades y para poder pagarle a la empresa ya que se necesitaba la firma ordenadora de gasto, la profesional involucrada salía con licencia o era designada para cumplir funciones en forma transitoria en otra dependencia con conocimiento de la Dirección Regional. En estos casos, se nombraba otro Ordenador de Gasto y se realizaban los pagos en esa oportunidad, pero los servicios que dan origen al gasto ya se habían realizados, por lo que los gastos ya estaban dispuestos y ordenados por la Directora del Hospital. Lo que se hacía en estos casos era disfrazar un pago para saldar contrataciones dispuestas en otros días del año, para en un solo día hacer efectivo los mismos.
El 20 de febrero de 2015, como resultado y conclusiones a que se llegó después de una auditoria llevada a cabo en el mes de octubre de 2014 por los servicios tercerizados, el Cr. Héctor Garbarino como Gerente Administrativo de ASSE solicitó informes al Hospital por entender que para las contrataciones no se estaba cumplimiento con lo establecido al respecto a la capacidad para contratar y a la conjunción de interés público y privado.
En el mes de marzo de 2015, la funcionaria y socia de la empresa prestadora de servicios presenta una constancia de que había cedido sus cuotas sociales. Esta hecho nuevo es elevado a la División Jurídica Notarial de ASSE para consultar por la contratación de la empresa de referencia, la que responde que estaría impedida de contratar a la empresa, que podía ser habilitada para futuras contrataciones, teniendo en cuenta un previo estudio caso por caso para descartar así las situaciones de incompatibilidad previstas en el TOCAF.
Es de interés aclarar que el profesional al cual esta funcionaria le cedió las cuotas sociales cumple funciones de médico en el servicio de Emergencia del Hospital, y dependía jerárquicamente de la Directora.
No obstante en la Emergencia del Hospital trabajan como funcionarios de ASSE profesionales que también poseen cuotas sociales en la empresa contratada.
El 1 de diciembre de 2015 y como consecuencia de una sugerencia de la Dirección Jurídica, el Gerente General dispone se lleve adelante una investigación administrativa que esté relacionado al pago de facturas de la empresa prestadora de servicios.
El funcionario público que actuó como instructor en la investigación, sugirió sumario administrativo para la funcionaria antes referida, denuncia penal y se depositara el importe de las facturas en el Juzgado hasta que se resolviera el tema, habiendo sido compartido por la Dirección de División Contencioso de ASEE, con la diferencia que dispuso el pago de referencia previendo posibles reclamos. Por motivos que desconocemos, el Directorio de ASSE dispuso el cese con fecha 2 de marzo de 2016 del instructor de la investigación administrativa, cosa que nos llama poderosamente la atención.
Por lo que me han informado, el monto pagado a la empresa prestadora de servicios por facturas emitidas desde octubre 2013 a setiembre 2015 aproximadamente sería por valor que supera ampliamente los $ 10.500.000".
La denuncia continúa y agregamos que recientemente y tras la investigación administrativa, la exDirectora del Hospital que renunciara hace poco tiempo pero sigue siendo funcionaria de ASSE, fue separada del cargo e iniciado sumario para investigar la posible conjunción de interés público y privado.
Tras la denuncia de Scirgalea ratificada en los primeros días de febrero 2017, se solicitó a ASSE informe ampliatorio sobre lo que expresa la denuncia del Edil sorianense, el magistrado y la fiscal no quedaron conforme con la respuesta y por lo tanto decidieron reiterar el pedido de información cosa que se envió en los primeros días de este mes de mayo, pidiendo ampliar la información respecto a situación puntuales que se denuncian allí para profundizar la investigación y a la espera de ello se está.
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